Las implicancias para la educación inclusiva del fallo del Tribunal Constitucional contra la Ley de Inclusión Escolar

Con la intención de acabar con la segregación que causaba la selección escolar, en 2015 se promulgó la Ley de Inclusión Escolar con la que se buscaba que niñas, niños y jóvenes, que asisten a colegios que reciben subvención del Estado, pudieran acceder a educación de calidad.

La normativa, que fue parte de las 25 leyes y más de 100 medidas que se dictaron a propósito de la Reforma Educacional, consistía en terminar con el financiamiento compartido y la selección de los alumnos, junto con que los establecimientos educacionales se constituyeran en entidades sin fines de lucro. Los que no aceptaban estas reglas tenían dos opciones: cerrar o pasar a ser establecimientos privados pagados, sin recibir fondos del Estado.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional acogió un recurso de inconstitucionalidad contra la eliminación de la selección escolar que incluye la Ley de Inclusión. Quienes interpusieron el requerimiento argumentan que el Sistema de Admisión Escolar (SAE) excluye la transición del playgroup al nivel de prekínder en su esquema de admisión.

La deuda pendiente con la educación inclusiva

Ante este escenario, Matías Poblete, presidente de la Fundación Chilena para la Discapacidad (FChD), indica que si bien en Chile existen programas de integración escolar y una Ley de Inclusión Escolar, “ninguna de estas dos normativas logran consolidar un proceso efectivo de educación inclusiva, que debe abordarse en tres dimensiones: cultura escolar, gestión institucional y prácticas pedagógicas que atiendan la diversidad”.

De acuerdo con los datos del Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad, el 5,8% de la población con 2 a 17 años presentan condición de discapacidad, es decir 229.904 personas. Sobre lo mismo, Poblete indica que se necesita “consagrar el derecho a una educación inclusiva en una nueva Constitución y que el país cuente con un único sistema educativo, con el que se puedan optimizar los recursos, que el gasto público esté orientado a generar una educación que no segregue y que se invierta mayormente en formar a directivos, docentes y profesionales de apoyo en materia de educación inclusiva y de calidad”.

La Fundación Chilena para la Discapacidad cuenta con una guía del “Derecho a la educación de las personas con discapacidad: enseñanza básica y media”, donde se entregan directrices para actuar en caso de que el derecho a la educación de un estudiante en situación de discapacidad sea vulnerado.

Finalmente, el presidente de la FCHD dice que se debe “dejar de definir necesidades educativas como transitorias o permanentes, puesto que estas necesidades son contextuales, no tienen que ver con el diagnóstico, sino que con los apoyos que el estudiante pueda requerir para acceder al aprendizaje”.

Para todo esto, es conveniente hacer cambios en la definición de las necesidades educativas, estableciendo necesidades educativas comunes, individuales y especiales.

 

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