Inicio / Nacional / Constituyente Cristóbal Andrade llama al Pleno de la CC a aprobar artículo sobre derecho a la libertad de conciencia, pensamiento, creencias, cosmovisión y religión

Constituyente Cristóbal Andrade llama al Pleno de la CC a aprobar artículo sobre derecho a la libertad de conciencia, pensamiento, creencias, cosmovisión y religión

El constituyente por el distrito 6, Cristóbal Andrade hizo un llamado a sus pares del Pleno de la Convención Constitucional a que aprueben el artículo X sobre derecho a la libertad de conciencia, pensamiento, creencias, cosmovisión y religión, indicando que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión y cosmovisión; donde este derecho incluye la libertad de profesar y cambiar de religión o creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas espirituales y la enseñanza; por ende, las personas podrán erigir templos, dependencias y lugares para el culto.

El constituyente Andrade, dijo que “queda establecido que cualquier persona va a poder creer o no creer en una religión y debe tener respeto hacia una persona por lo que cree. También va a poder profetizar su creencia tanto en lo público, como en lo privado mediante el culto, van a poder erigir templos y lugares de culto, eso es importante, porque como los evangélicos tienen sus iglesias, los pueblos orginarios tienen sus templos y también la iglesia católica va a poder erigir sus ritos y creencias”.

Según esta medida consignada en el documento, nadie será objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, donde el Estado se rige por el principio de neutralidad religiosa, el que implica la igualdad de trato ante las distintas entidades religiosas y grupos de orden espiritual, y reconoce la espiritualidad como elemento esencial del ser humano.

El constituyente de La Lista del Pueblo, indicó que “de igual manera, estas entidades y grupos podrán organizarse como personas jurídicas, con arreglo a la ley, respetando los derechos y deberes que esta Constitución establece. Las personas jurídicas con fines religiosos no podrán perseguir fines de lucro y sus bienes deberán gestionarse de forma transparente y de acuerdo a los otros principios que la ley establezca”.

En este sentido, Andrade, quien también es evangélico, agregó que “el Estado va a regirse por el principio de neutralidad religiosa, esto es como el Estado laico y todas las religiones van a poder estar por igual. Lo esencial de esta norma y lo novedoso es que las personas jurídicas van a poder actuar de forma transparente en sus dineros, esto es importante para que no sucedan más casos como los del obispo Durán que tuvo millonarios ingresos (…)”.

Asimismo, sostuvo que “todos los derechos fundamentales van a estar limitados a la ley, para que estos también sean consagrados en la nueva Constitución, derechos que son garantizados y esperamos que al mundo evangélico, cristiano y pueblos originarios, pueda satisfacerle esta norma y esperamos también que esta norma se ratifique en el Pleno para que alcance los dos tercios y forme parte de la nueva Carta Magna”.

Finalmente, puntualizó que “es importante decir que el tema de la preferencia de los padres para educar a sus hijos va a quedar en el item de Familia y el tema de la infancia, junto con los derechos de niños y niñas”.

Ver además

Consejo de Coordinación Ciudad Puerto de Valparaíso fija ruta de trabajo 2024

En el marco de la primera sesión del año del Consejo de Coordinación Ciudad Puerto …

WordPress Appliance - Powered by TurnKey Linux