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Diputada RN Camila Flores presentará proyecto para tipificar que actos de zoofilia sean delitos penales

El maltrato animal no tiene límites. Un hombre en la comuna de Quilpué habría violado a una gata luego que su dueña la llevara al veterinario y comprobara la gravedad de las lesiones.

El lamentable hecho motivó la denuncia en Carabineros y la PDI, y la querella de la ONG Fundación de Gestión Ética para la Dignidad Animal por maltrato animal, pues la zoofilia aún no está tipificada como delito en Chile.

Frente a esta limitación de la ley, la diputada RN, Camila Flores presentará un proyecto de ley que configure penalmente la zoofilia. Actualmente la zoofilia se encuentra subsumida dentro de la figura del maltrato animal del artículo 291 bis del Código Penal. Esto quiere decir que quien cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio de hasta 3 años y multas de hasta $ 1.470.990.

“Los autores de este tipo de actos inhumanos deben tener una pena acorde a los hechos que cometen. Debemos perfeccionar la normativa de maltrato animal en nuestro país. Por eso, estoy planteando crear un tipo penal de zoofilia, imputándose a esta conducta la pena asimilada a la muerte del animal, esto es presidio menor en su grado medio (penas de 541 días a 3 años) y una multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales ($980.660 a $1.470.990)”, manifestó la parlamentaria de Chile Vamos.

“Podemos constatar en la legislación comparada, no pocos casos, de países que específicamente tipifican como un delito penal la zoofilia, distinguiendo esta figura como una conducta distinta al maltrato animal propiamente tal, pero que comparten el mismo fin de protección hacia el animal y el desincentivo a este tipo de prácticas”, agregó la parlamentaria del distrito 6 de Valparaíso.

Aprender de otros países

Según los antecedentes de la legisladora, en España el artículo 337 del Código Penal sanciona con penas que van de tres meses y un día a un año de prisión más inhabilitaciones especiales a quien someta a explotación sexual de un animal.

Estas pueden ser aumentadas si concurren circunstancias como la utilización de objetos u armas, ensañamiento, si los hechos hubieren sido presenciados por menores de edad y en el caso de muerte del animal.

En Ecuador, la ley prohíbe el bestialismo o la zoofilia, sancionando con multas estos hechos, mientras en México, en el Estado de Nayarit, las penas van de 6 a dos años de cárcel y multas hasta US$ 480, las que pueden ser aumentadas hasta en un 50% si las lesiones ponen en riesgo la vida del animal y en caso de muerte el responsable puede ser castigado con penas de 2 a 4 años de prisión. En Dinamarca, hasta el 2015, las leyes eran ambiguas ya que no se podía comprar un pitbull, pero era legal practicar el sexo con cualquier animal mientras no se le ‘torture’. Sin embargo, el 2015 se promovió una legislación para frenar estos actos y en la actualidad se prohíbe en forma expresa, sancionándose con cárcel y multa su perpetración.

En Alemania, la Cámara de representantes de estados federados alemanes aprobó febrero del 2013 una reforma a una ley federal que prohibió el uso de animales para actividades sexuales, castigando con multas que ascienden los 25 mil euros su infracción.

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